CCOO no aceptará el traslado de los trabajadores de Coca-Cola a otra planta

06/12/2014

Los trabajadores están a la espera de recibir la comunicación de la empresa de a qué centro de trabajo deben incorporarse. Si a los trabajadores se les señalase un destino distinto de la planta donde trabajaban, la empresa estaría incumpliendo el auto de la Audiencia Nacional sobre la ejecución de la sentencia, pudiendo tener esta decisión relevancia penal.


La empresa Coca-Cola Iberian Partners (CCIP) ha comunicado a la Audiencia Nacional que procederá a dar ocupación efectiva a los trabajadores a los que el Auto de ejecución de la sentencia de la Audiencia Nacional obliga a la readmisión. Los trabajadores están a la espera de recibir la correspondiente comunicación.

CCOO advierte que si la empresa no procede a la readmisión en las condiciones anteriores al despido, que es lo que dice el Auto de ejecución provisional, y por lo tanto, en el mismo centro de trabajo, CCIP estará vulnerando lo establecido por la Audiencia Nacional, violando además el artículo 24 de la Constitución Española. En este supuesto el sindicato actuará en consecuencia.

La posibilidad de que CCIP, tras las informaciones aparecidas en los medios de comunicación, no acate en todos sus términos el Auto de ejecución de la sentencia ha sido puesta en conocimiento de la Audiencia Nacional, señalando que la opción de la reincorporación por parte de las embotelladoras se entienda como no efectuada en tanto en cuanto no acrediten que el contenido de las cartas individuales no se ajuste a lo establecido en el Auto de ejecución provisional dictado con fecha 20 de noviembre de 2014.

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