El TSJM ratifica las declaraciones del Alcalde sobre el proceso judicial abierto por la plantilla de personal

13/01/2014

En una nota de Prensa hecha pública el pasado viernes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a través de su gabinete de comunicación, aseguró que “no existe auto de imputación alguno contra el señor Jesús Gómez”.


• El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aclaró, mediante una nota de Prensa, que “no existe auto de imputación alguno contra el señor Jesús Gómez”

• De esta forma, el TSJM reafirma las palabras del alcalde de Leganés, quien el pasado jueves aseguró que “no existe auto de imputación ni informe de la Fiscalía y tampoco se ha solicitado ningún expediente administrativo al Ayuntamiento”

• El alcalde de Leganés ha asegurado que “mi representante legal, en base al artículo 24 de la Constitución, que garantiza la tutela judicial efectiva, solicitó una audiencia con la juez con el objetivo de aclarar mi situación procesal”

• Asimismo, Jesús Gómez señala que “aunque estoy convencido de que todo este asunto, que nace por una contradicción en los criterios del órgano de Intervención, terminará archivándose, no será fácil lidiar con los que aprovechan este error para destruir mi reputación”

En una nota de Prensa hecha pública el pasado viernes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a través de su gabinete de comunicación, aseguró que “no existe auto de imputación alguno contra el señor Jesús Gómez”.

Dicho comunicado se producía al hilo de la rueda de prensa que el primer edil ofreció el pasado jueves y en la que ofreció explicaciones acerca del proceso judicial abierto tras las denuncias interpuestas por PSOE y ULEG contra el pago a los cuatro directores generales del Ayuntamiento.

En este sentido, Jesús Gómez aseguró que “no existe auto de imputación alguno, no existe informe de la Fiscalía, no se me ha llamado a declarar y tampoco se ha solicitado ningún expediente administrativo al Ayuntamiento”.

Asimismo Gómez declaró que debido a esta situación, y dado que su representante legal recibió una providencia en la que se le calificaba de “imputado”, éste “solicitó una audiencia a la juez para aclarar mi situación procesal”.

Por todo ello, y en aras de arrojar mayor transparencia sobre este asunto, el Alcalde de Leganés desea aclarar los siguientes puntos que este lunes se han expuesto en la rueda de Prensa ofrecida por Unión por Leganés:

Primero.- Tanto la propia juez del Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés como el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid han aclarado que no existe auto de imputación alguno contra mi persona.

Segundo.- Lo que ULEG califica como “maniobra para condicionar a la juez” fue en realidad una audiencia solicitada por mi representante legal con la finalidad de aclarar mi situación procesal.

Dicha audiencia, que ULEG ha calificado de escándalo, forma parte de uno de los derechos más elementales de nuestro sistema jurídico y recogido en el artículo 24 de nuestra Constitución, que garantiza la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de de sus derechos e intereses legítimos.

Tercero.- Por el motivo expuesto anteriormente, considero muy grave que desde ULEG se nos acuse, ya sea a mí, o a mi representante legal, de maniobrar para condicionar la recta labor de la juez. Por ello me veo obligado a adjuntar el escrito que mi representante legal envió al juzgado como muestra de que el único objetivo que se buscaba era el de aclarar mi situación procesal.

Cuarto.- El artículo 11 del Estatuto de autonomía de la Comunidad de Madrid establece, en base al artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que durante su mandato los miembros de la Asamblea no podrán ser detenidos ni retenidos por actos delictivos cometidos en el territorio de la Comunidad, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir en todo caso,…, al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Por lo tanto mi condición de aforado como miembro de la Asamblea de Madrid no es, en ningún caso, un privilegio, como ha asegurado el portavoz de ULEG, sino una facultad legal sobre la que de ninguna forma se puede optar, elegir o recurrir.

Quinto.- En base a este precepto legal, y cuando conocimos que la juez de instrucción había decidido abrir diligencias previas, mi representante legal se vio obligado a informar sobre mi condición de aforado en base al artículo 73 de la LOPJ, al no ser el Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés competente para emprender acciones legales sobre mi persona.

Sexto.- Es falso que ocultara la providencia emitida desde el Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés y en la que se me califica como “imputado”, tal y como señala ULEG. Prueba de ello es que en la rueda de prensa ofrecida el pasado jueves dicha providencia fue mencionada en numerosas ocasiones y así se desprende de las crónicas ofrecidas por diversos medios de comunicación y agencias, en las que se han hecho eco de dicha información.

Por todo ello el alcalde de Leganés, Jesús Gómez, señala su convencimiento de que “todo este asunto, que se resolverá cuando se aprueben nuevos Presupuestos y que nace por una disparidad en los criterios de Intervención a la hora de elaborar la plantilla municipal, posiblemente terminará archivado en sede judicial”.

No obstante Gómez señala que lo más difícil es “lidiar con la falta de escrúpulos y principios de los que se han negado a resolver este asunto en el Pleno municipal con su voto negativo mientras aprovechan los tribunales para, de forma inquisitorial, intentar destruir mi reputación”.

(Adjuntamos escrito remitido por el representante legal del alcalde de Leganés aportando acreditación de su condición de aforado y solicitando el citado representante legal una entrevista personal con la señora magistrada con el único objeto de aclarar la situación procesal de Jesús Gómez Ruiz).

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