Concesión subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro

Concesión subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro

02/07/2020

Ayuntamiento de Leganés.

CONCESIÓN SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

LAS BASES GENERALES Y ESPECIFICAS PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, SE APROBARON EN JGL EL 10 DE MARZO 2020 Y MODIFICACIÓN DE LAS BASES GENERALES EN JGL EL 12 DE MAYO DE 2020, HAN SIDO PUBLICADAS EN EL BOCM EL 13 DE JUNIO DE 2020

a. APROBADA LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2020 EN JGL EL 30 DE JUNIO DE 2020. PUBLICADAS EN LA BDNS EL 30 DE JUNIO DE 2020 Y PUBLICADAS EN EL BOCM EL 2 DE JULIO DE 2020.

b. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES-SUBVENCIONES 2020 DEL 3 DE JULIO A 2 DE AGOSTO DE 2020 (AMBOS INCLUSIVE)

Un año más el Ayuntamiento de Leganés, desde las distintas áreas, pone en marcha la convocatoria de Subvenciones dirigida a Entidades y Asociaciones Locales sin Ánimo de Lucro con el objetivo de seguir avanzando en el fortalecimiento del movimiento asociativo, aportando las condiciones más favorables para el desarrollo de su función en aquellas tareas y actividades que contribuyan al desarrollo en la tarea cotidiana de hace ciudad. Una ciudad más plural y democrática, fomentando acciones en torno a la tolerancia, la cooperación y la solidaridad.

Cada entidad solicitante presentará una solicitud por cada proyecto y solo podrá presentar un único proyecto por Área y Junta Municipal de Distrito (Cultura, Deportes, Discapacidad, Festejos, Infancia, Igualdad, Juventud, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Participación Ciudadana, Salud, Servicios sociales, Sostenibilidad).

También es papel de este Ayuntamiento en cuanto que gestor de recursos públicos, velar por el buen uso de éstos, un uso que siempre debe ir destinado a la mejora de lo colectivo, y en todo caso como elemento indispensable en la mejora de las condiciones de vida y el entorno de nuestra ciudad.

Una vez más, hemos intentado que las bases de esta convocatoria sean claras, concisas y asequibles a todos, para ello:

Se incluyen los elementos de seguimiento, control e información.
Se unifican criterios generales con todas las áreas municipales, ofreciendo a las entidades de manera unificada las bases reguladoras de la convocatoria.
Dentro del texto de las bases de la convocatoria se indica el procedimiento a seguir para su tramitación, justificación.
La convocatoria se regirá por lo establecido en las disposiciones generales de aplicación (Ley General Presupuestaria) y Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre. El procedimiento de concesión de subvenciones se realizara en régimen de concurrencia competitiva.
Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse telemáticamente con las administraciones públicas (Art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Las asociaciones y entidades ciudadanas presentaran de forma telemática, a través de Internet, la solicitud y tramitación de subvenciones dirigidas al Ayuntamiento de Leganés.

Información-trámites de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro

Registro Electrónico

PRIVACIDAD DE DATOS

En el caso de los menores de 14 años se requerirá el consentimiento de los padres o tutores legales.

Al cumplimentar el formulario de solicitud, el interesado autoriza el tratamiento automatizado de los datos personales que voluntariamente ha suministrado, y que son necesarios para la prestación del servicio.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el Fichero Registro Municipal de Asociaciones, cuya finalidad es la Gestión de actividades y subvenciones de Asociaciones inscritas, cuya sede se encuentre en el Municipio de Leganés, y obtención de estadísticas de seguimiento. Dichos datos no podrán ser cedidos a terceros salvo cesiones previstas en la Ley.

El órgano responsable del fichero es Alcaldía, y el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Servicio de Atención al Ciudadano (Avda de Gibraltar, 2, 28912, Leganés, Madrid, España). Todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

VER TODOS LOS DOCUMENTOS:

http://www.leganes.org/portal/contenedor_ficha.jsp?seccion=s_fact_d4_v1.jsp&codbusqueda=193&language=es&codResi=1&codMenuPN=49&codMenuSN=63&codMenu=467&layout=contenedor_ficha.jsp&ca=11

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