ACNUR da la bienvenida a la nueva legislación sobre refugiados de México

30/01/2011

(-ACNUR/UNHCR)- La Agencia de la ONU para los Refugiados da la bienvenida a la nueva legislación adoptada por México en materia de protección de solicitantes de refugio y asilo que fue promulgada el pasado miércoles por el presidente Felipe Calderón.


La “Ley de sobre Refugiados y Protección Complementaria” había sido aprobada previamente por las dos Cámaras del Congreso de la Unión en 2010. México se adhirió en el año 2000 a la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y a su Protocolo, y cuenta con una larga trayectoria en materia de protección de los solicitantes de asilo y los refugiados. No obstante, hasta este momento México carecía de un marco jurídico específico, ya que las leyes anteriores no cumplían con los estándares internacionales.

La nueva ley incorpora las buenas prácticas de México en materia de refugiados, tales como el permiso de trabajo, el acceso a los servicios de atención sanitaria y al seguro médico, el acceso a la educación y la convalidación de estudios.

Redactada en 2009 por la Comisión Mexicana de Refugiados con el apoyo técnico de ACNUR, la legislación incluye las definiciones de refugiado establecidas en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y en la Declaración de Cartagena de 1984, además de incluir el género como motivo de persecución. También contempla el reconocimiento del estatus de refugiado a quienes originalmente no llegaron al país huyendo de la persecución, pero que ante cambios en su país de origen se encontrarían en peligro si regresaran a su país (los denominados por ACNUR como refugiados sur place).

Con esta ley México se convierte en el primer país de América Latina en establecer la protección complementaria para las personas que no pueden ser reconocidas como refugiados, pero que se encuentran en peligro de vida o en riesgo de ser sometidos a tortura u otra forma de tratamiento inhumano o degradante.

Esta ley se ajusta a la legislación y estándares internacionales, ya que incluye el principio de no devolución (non-refoulement), la no discriminación, la no penalización por entrada irregular, el principio de unidad familiar, el interés superior del menor, y la confidencialidad, entre otros.

México sigue recibiendo refugiados de países de América Latina (principalmente de Colombia, Haití, El Salvador, Honduras y Guatemala), así como a refugiados de fuera de la región (principalmente de la República Democrática del Congo, Sri Lanka, Irak, Irán, Nepal, Nigeria y Myanmar).

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