Puntualización respecto al orden del día del próximo Pleno Municipal, a celebrar el martes 10 de julio de 2012

07/07/2012

El Ayuntamiento de Leganés informa de que no ha sido posible incluir en el orden del día del Pleno Extraordinario que se celebrará el próximo martes 10 de julio una moción conjunta de los grupos municipales del Partido Socialista Obrero Español, Unión por Leganés-ULEG e Izquierda Unida-Los Verdes, al presentar dicha moción cuestiones evidentemente ilegales o de dudosa legalidad.


Entre las primeras, es decir, las evidentemente ilegales, figuran dos de los acuerdos propuestos al Ayuntamiento Pleno en la moción:

El primero de ellos, que figura con el número 3, dice textualmente “que el desempeño del cargo de Alcalde está sujeto a incompatibilidad con cualquier otra actividad laboral pública o privada, renunciando así a cualquier otra remuneración pública o privada que por cualquier causa o motivo perciba o pudiera percibir”.

Procede indicar a este respecto que en ningún caso el cargo de Alcalde está sujeto a dichas incompatibilidades, como así ha declarado la Junta Electoral y como se desprende claramente de lo expuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral Central (LOREG) y de la jurisprudencia aplicable.

Asimismo incurre en evidente ilegalidad el acuerdo propuesto número 5 de la mencionada moción, que dice que “hasta que tenga lugar tal consulta popular vinculante y sus resultados concretos una eficacia jurídica, el alcalde se apartará, dimitirá o renunciará a cualquier ocupación o cargo público o privado que le suponga ingresos económicos de cualquier tipo para dedicarse en exclusiva a Leganés con una única retribución. Esta retribución, tal y como la establece la LBRL y el ROM, es competencia plenaria”. Al respecto de este punto, hay que señalar que en modo alguno puede una moción de Pleno entrar a discutir, cuando no a eliminar, el estatuto del alcalde conferido por la LOREG, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las corporaciones locales y el propio Reglamento Orgánico Municipal (ROM) de Leganés, supeditado a las anteriores normas.

Vistas las anteriores consideraciones, y existiendo, por lo tanto, cuestiones bien ilegales o bien de cuya legalidad se puede seriamente dudar, no es posible incluir la moción en el orden del día del Pleno del próximo 10 de julio.

Sin comentarios hasta ahora

Saltar a una conversación

No hay comentarios aún!

Puedes ser tú quien inicie una conversación .

Deja un comentario