A todos los jubilados de Leganés

17/02/2012

Jubilados menores de 65 años no pueden disfrutar de los centros de mayores.

Quiero dirigirme a todos los jubilados de Leganés que no han cumplido todavía los 65 años, pero que por distintas razones están Jubilados o son Pensionistas, para informales de que con fecha 9 de marzo de 2010, el Ayuntamiento de Leganés acordó en Sesión Ordinaria del Pleno Municipal, limitar a la edad de 65 años, para poder obtener el carné de acceso a los Centros de Mayores y disfrutar de las Actividades que estos ofrecen.

A mí no me parece una decisión muy adecuada de nuestros representantes municipales, por varios motivos, algunos de los cuales os expongo a continuación:

Hay personas, funcionarios en concreto, que pueden jubilarse antes de los 65 años, se podría argumentar que en el Régimen General de la Seguridad Social la edad de jubilación, hasta ahora, han sido los 65 años y que si los funcionarios se pueden jubilar antes es un privilegio. Efectivamente, es un privilegio, pero los funcionarios no tienen derecho a prejubilaciones pagadas, ni medicinas gratis cuando llegan a la jubilación y por regla general, los funcionarios que viven en Leganés, tampoco cobran sueldos altos.

Otro de los motivos de jubilación antes de los 65 años puede ser un accidente o enfermedad grave, a la edad que sea, y tener la desgracia de tener que jubilarte por incapacidad o enfermedad grave para poder ejercer el normal desarrollo de sus funciones laborales.

Es por eso, que no parece normal, que tanto unos como otros tengan que esperar los años que les restan hasta los 65 para poder disfrutar de unos derechos que pagamos todos con nuestros impuestos y que son para todos.

Imaginemos que una persona joven, 30 ó 45 años, por poner un ejemplo, es jubilado por incapacidad o enfermedad, para poder ir a charlar, echar una partida, leer el periódico o participar en alguna actividad de las que ofrecen los Centros, deberá esperar a cumplir los 65; esto no me parece justo. Por otro lado imaginar que una persona que toda su vida ha desarrollado su actividad laboral y vivido en otra localidad, pongamos en un pueblo, cuando es mayor decide trasladar su residencia a nuestra localidad, bien a casa de sus hijos o comprando una vivienda; pues bien, se empadrona y al día siguiente tiene derecho a disfrutar de los Centros de Mayores, cosa que no me parece mal, pero los que llevamos en muchos casos, pagando impuestos aquí más de 40 años, no podemos.

Pienso que el motivo por el cual se ha limitado la edad, puede ser la masificación de los Centros, pero en este caso habrá que recordarles a los Concejales, que Leganés es un pueblo que ha crecido mucho en pocos años, con la creación de nuevos barrios, el primero Zarzaquemada, luego el Carrascal, más tarde Leganés Norte, Arroyo Culebro y otros, y por hablar de mi barrio, Zarzaquemada, que es el que más conozco, pues como todos sabemos, llegó un día que debido a que todos éramos jóvenes y tuvimos hijos, no había colegios suficientes y hubo que construir los colegios que hay en entre la piscina y la estación de tren, y que cuando los chavales comenzaron a salir del colegio, lo que faltaban eran institutos y se construyeron los ubicados entre la carretera de Villaverde y el polígono industrial.

Habrá que decirles también a nuestro Ayuntamiento y por ende a nuestros Concejales, que ya vamos siendo mayores y que ahora lo que se necesita son Centros de Mayores, como se les llama ahora y Residencias para la Tercera Edad, que es como a nuestros gobernantes les gusta llamar a estos centros, antes denominados, Hogar del Jubilado y Residencia de Ancianos, que en realidad son las personas que a ellos acuden, Jubilados y Ancianos, y que por cambiar el nombre a los Centros, las personas no vamos a rejuvenecer. Así que si el motivo de limitar la edad es el nombre de los Centros llamémosles por el nombre para el cual fueron creados, para Jubilados y Mayores.

Es por eso, que quiero animar a todos los que estéis en ésta situación y os sintáis perjudicados por éste Acuerdo Municipal, a que formuléis ante el Ayuntamiento una queja para que sea modificado por otro, en el que el limite de edad no sean los años, sino el de la situación administrativa en la que se encuentren las personas, es decir, que la edad de acceso a los Centros, sea el día en que por las razones que sean, se alcance la condición de Jubilado o Pensionista, y se le facilite el carné de acceso a los Centros de Mayores, tanto a la persona que alcance esa condición como a su cónyuge, sí lo tuviese.

Esperando vuestra consideración y por vuestro propio bien y el de nuestros vecinos, animaros y a ver si entre todos conseguimos reparar una situación que a mí, me parece a todas luces injusta.

Fdo.

Rafael Bermejo del Horno

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