Campaña Iniciativa legislativa Popular por la Dación en Pago

16/02/2012

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca inicia la recogida de firmas de la Iniciativa Legislativa Popular para regular la Dación en Pago.

El lunes 6 de febrero a las 19:00 se celebrará en la sede de la PAH en Madrid (C/ Bocángel nº 2), una primera asamblea informativa sobre los contenidos y desarrollo de la Iniciativa Legislativa Popular para regular la Dación en Pago en las ejecuciones hipotecarias.

La propuesta incluye la dación en pago retroactiva, la paralización de desahucios y alquiler social por no más del 30% de los ingresos.


Más información:

 web de la PAH: http://afectadosporlahipotecamadrid.net/

 web específica sobre la ILP: http://www.quenotehipotequenlavida.org/

Proposición de ley de regulación de la dación en pago, de
paralización de los desahucios y de alquiler social.

Exposición de motivos

El crecimiento económico español de los últimos años ha ido estrechamente
ligado a la construcción de viviendas y al impulso de la propiedad privada
como principal régimen de tenencia. Para alcanzar este objetivo, las
entidades bancarias, estimuladas por la ausencia de controles públicos,
incentivaron la concesión abusiva de créditos hipotecarios.

El estancamiento de los salarios, el vertiginoso aumento del precio de la
vivienda, la ausencia de viviendas de alquiler, unos tipos de interés en
mínimos históricos, así como una deficiente supervisión por parte del Banco
de España, reconocida por la propia Comisión Europea, empujaron a
decenas de miles de familias a endeudarse. Para poder acceder a una
vivienda las familias contrajeron hipotecas de hasta 40 años comprometiendo
en muchos casos más del 50% de sus ingresos. En muchas ocasiones,
además, las hipotecas se concedieron por un importe superior al 80% del
valor de tasación, lo que supone una exposición desmesurada al riesgo.
Como resultado de esta situación la principal causa de endeudamiento de las
familias en el estado español es el crédito hipotecario. Este endeudamiento
de las familias respecto a las rentas disponibles ocupa los primeros puestos
del ranking internacional. Este sobreendeudamiento se ha producido
especialmente durante los últimos años. La proporción entre renta y
endeudamiento ha crecido desde el 45% en el año 1995 o del 76,7% en 2001
hasta sobrepasar el 140% en 2008.

El estancamiento del modelo de crecimiento económico, el estallido de la
burbuja inmobiliaria y la posterior crisis financiera y económica han dejado en
España unas altísimas tasas de desempleo. La disminución de ingresos hace
que muchos hogares que no puedan afrontar el pago de la hipoteca. Cuando
esto ocurre el ordenamiento español prevé un procedimiento de ejecución
hipotecaria que comporta no sólo la pérdida de la vivienda habitual, sino
también la posibilidad de que se embarguen los salarios y otros bienes
presentes y futuros.

Concretamente, la regulación actual implica que la entidad bancaria pueda
adjudicarse la vivienda por tan sólo el 50% del valor de tasación y seguir
exigiendo a la familia el monto restante, más los intereses generados y los
gastos del procedimiento judicial. De tal manera que las personas que
padecen un proceso de ejecución hipotecaria no sólo pierden sus viviendas
habituales, sino que en muchas ocasiones, además, se quedan con buena
parte de la deuda, con una condena de por vida que las excluye
definitivamente de cualquier circuito financiero o crediticio.

Desde 2007, año en que estalló la crisis, hasta el 2010, el número de
ejecuciones hipotecarias se ha situado en 271.570. La evolución ha tenido un
crecimiento exponencial: los datos de 2010 multiplican por cuatro las
ejecuciones hipotecarias realizadas en 2007.

La supuesta autonomía privada en la contratación de créditos hipotecarios se
ha visto claramente desvirtuada. El presunto equilibrio entre entidades
financieras y familias ha desaparecido. La igualdad se ha convertido en
desequilibrio. Por este motivo las personas con hipotecas objetivamente
inasumibles necesitan el establecimiento de mecanismos de ayuda,
protección y resolución a fin de garantizar una cobertura suficiente de sus
necesidades básicas y de sus derechos constitucionalmente reconocidos.
Es necesario articular una solución que libere a las familias hipotecadas de
los efectos perversos de la concesión excesiva de crédito por parte de las
entidades financieras, de la sobrevaloración de las viviendas, así como de las
condiciones abusivas en la concesión de créditos hipotecarios.

La solución que se propone en la presente Iniciativa Legislativa Popular es
hacer de la dación en pago la fórmula preferente para la resolución de este
conflicto: en el caso de que el bien ejecutado sea la vivienda habitual, su
adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el pago de la deuda,
extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La
extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier
tipo de fianza o aval.

Un Gobierno consciente de la cuota de responsabilidad de las entidades
financieras y de las propias administraciones públicas en lo ocurrido no
debería dudar en colocar el derecho a la vivienda de las personas
susceptibles de ser desalojadas por encima de los beneficios de la banca. En
realidad, una medida como la dación en pago es tan sólo un paso en la lucha
para frenar la cultura especulativa que ha conducido a la situación actual. A
su vez, la dación en pago liberaría a las administraciones públicas de la
necesidad de atender con fondos públicos el empobrecimiento económico,
social y personal de las familias.

En coherencia con esta propuesta se regula la paralización de los
lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias, proponiéndose la
conversión de la vivienda adjudicada por la entidad financiera en un alquiler
social a favor del ocupante, con unos importes de renta situados en el 30%
de la renta del arrendatario.

Estas propuestas, además, están en la línea de las observaciones que la
Unión Europea ha efectuado para prevenir los problemas de
sobreendeudamiento y para que el acceso al crédito se haga de forma
responsable. Supondría hacer efectivo el derecho del deudor de buena fe, en
sede hipotecaria, a rehacer su vida económica, y equiparar así la normativa
española a la del entorno europeo, donde están previstos diversos
procedimientos, bien administrativos, bien judiciales, para afrontar las
situaciones de insolvencia de personas físicas.

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