La Comunidad de Madrid, mediante la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2008 avanza en la aplicación de medidas privatizadoras de la gestión en la sanidad pública

29/12/2007

Se crea la “ Unidad Central de Radiodiagnóstico” como empresa pública de gestión privada, y se anuncia la “posibilidad de dotar de personalidad jurídica y de autonomía económico financiera” a cualquiera de los centros sanitarios públicos de gestión directa existentes en la actualidad.


El BOCAM de 28 de diciembre publica la creación de la empresa pública “Unidad Central de Radiodiagnóstico”, dependiente de la Consejería de Sanidad (no del SERMAS), cuyo objetivo será “la gestión y explotación centralizada de los servicios de diagnóstico y tratamiento que conlleven la aplicación de alta tecnología sanitaria”. La Unidad Central de Radiodiagnóstico “ostentará personalidad jurídica propia y contará con patrimonio propio y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines”.

Tendrá como objeto la gestión y explotación de los servicios de diagnóstico y tratamiento, no sólo de los nuevos hospitales de gestión privada (Hospital del Norte, Hospital de Vallecas, Hospital del Sur, Hospital del Henares, Hospital del Sureste y Hospital del Tajo), sino que también se “le podrá asignar la gestión de tales servicios en otros hospitales o centros, con la extensión y ámbito que se determine, así como aquellas otras funciones específicas que, relacionadas con su objeto, le sean encomendadas”. Podrá contar con personal estatutario y “otros empleados públicos contratados en régimen laboral”.

Además, con la simple propuesta de la Consejería de Sanidad, sin ningún otro tipo de control o debate, y “a efectos de alcanzar formas cada vez más ágiles y eficientes en la gestión del sistema sanitario”, el Gobierno Regional podrá establecer por decreto “los trámites a seguir para dotar de personalidad jurídica y de autonomía económico financiera a los restantes hospitales integrados en la Red Sanitaria Única de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid, así como a cualesquiera centros, órganos o unidades del ámbito sanitario existentes”

Por otra parte, y se supone que como medida supuestamente destinada a paliar el déficit de algunas categorías o especialidades, y con probables repercusiones negativas en la calidad asistencial, se aprueba que el personal sanitario dependiente de la Consejería de Sanidad y de sus organismos autónomos, empresas públicas y entes del sector público de la Comunidad de Madrid adscritos, pueda compatibilizar un segundo puesto de trabajo de carácter asistencial o ejercer una segunda actividad en el sector público, si así lo exigiera el interés del propio servicio público. Para ello se “declara de interés público, a efectos de compatibilizar dos puestos de trabajo en el sector público sanitario de la Comunidad de Madrid, la prestación de servicios de carácter asistencial en los centros sanitarios públicos de Atención Primaria, Especializada y SUMMA 112”.

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